De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), contra el presente acuerdo podrá interponer:
• con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y ss. del TRLCSP, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se haya remitido la presente notificación. En ese mismo plazo deberá anunciarse previamente la interposición de dicho recurso especial mediante escrito presentado ante el órgano de contratación.
• recurso contencioso-administrativo ante el órgano correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente notificación.