Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la ley 9/2017 de contratos del sector público. El recurso deberá interponerse en el plazo de 15 días hábiles desde su notificación en el registro del órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón, órgano competente para resolver el recurso, regulado en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del sector Público de Aragón.
Alternativamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación