Contra la presente Resolución, cabe interponer potestativamente, recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 40 TRLCSP en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación, en el registro del Tribunal Administrativo de Contratos Público de Aragón (TACPA) o del órgano de contratación. Si la interposición del recurso especial se hace ante el TACPA, deberá anunciarse previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso, de acuerdo con el art. 44.1 del TRLCSP. Alternativamente, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de conformidad con lo establecido en los art. 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.