Conforme a lo dispuesto en el artículo 40.2.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, y artículo 17.2. a) de la Ley 3/2011, de la Comunidad Autónoma de Aragón, de medidas en materia de contratos del Sector Público en Aragón, contra la adjudicación puede interponerse, con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación previo al contencioso-administrativo ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón en el plazo de quince días hábiles a computar desde el día siguiente a aquél en que se remita la notificación por Turismo de Aragón a los licitadores. El recurso deberá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso. La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso.