Contra la presente Orden de adjudicación, que pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en el art.54 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, según lo dispuesto en el art. 58.3 de la citada Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y el art. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Alternativamente podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.