Contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación.
No obstante, y potestativamente, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta Resolución cabe formular recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Aragonés del Agua. El recurso se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, no ha sido contestado; en tal caso, quedará expedita la vía judicial, pudiendo presentar recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de esa jurisdicción. Sin perjuicio de ello, se puede presentar cualquier otro recurso que se considere conveniente.