De conformidad con lo estipulado en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en el artículo 17 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, el acto de adjudicación de este contrato podrá ser recurrido potestativamente mediante el recurso especial en materia de contratación, que deberá interponerse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para resolver, el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), en el plazo de quince días hábiles a computar desde el día siguiente a aquél en que se remita la notificación, sin que tenga el mismo efectos suspensivos automáticos. La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentado ante el órgano de contratación en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso. Alternativamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a computar desde el día siguiente al de la notificación