Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente Recurso Especial en Materia de Contratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón en un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente a aquél en el que se remita la notificación del acto impugnado, conforme a lo dispuesto en los artículos 40 a 50 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y por el artículo 21 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón y Recurso Contencioso Administrativo a interponer en el plazo de DOS MESES ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón conforme dispone la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa.