Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Sanidad,
Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.