Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Sr. Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia en el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Perfil del Contratante, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.