Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada, según los artículos 50 y 54.2 de la Ley 11/96, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la redacción dada por ley 11/2000, de 27 de diciembre, de medidas en materia de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, ante el titular del Departamento, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la resolución del recurso de alzada o desde que éste deba entenderse desestimado por transcurso de plazo en defecto de resolución expresa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, según lo dispuesto en el artículo 10.1.a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.