Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente en vía administrativa el recurso especial previsto en el artículo 40 y siguientes del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo de 15 días hábiles desde el siguiente a la remisión de la notificación, en el registro del órgano de contratación o en el órgano competente para resolver, el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) o, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente de su notificación.