PRECIO PUBLICO POR LA CELEBRACION DE ACTOS EN EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES.

Artículo 1°.- Concepto.

De conformidad con lo previsto en los artícu-los 117 y 41 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo, en su calidad de Administración Pública de carácter territorial, por los artículos 4, 49, 70.2 y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se establecen los precios públicos por la CELEBRACION DE ACTOS EN EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES.

Artículo 2°.- Obligados al pago.

Están obligados al pago los precios públicos regulados en esta Ordenanza los usuarios de los respectivos edificios e instalaciones. Cuanto, por causas no imputables al obligado al pago del precio, la actividad no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente.

Artículo 3°.- Tarifas.

La cuantía que corresponda abonar por la prestación de cada una de las actividades a que se refiere esta Ordenanza se determinará según la cantidad fija que a continuación se indica:

1)         Por celebración de exposiciones, ferias, conferencias, convenciones, espectáculos, bodas, etc., y su montaje en los siguientes edificios, por día:

Salón de Actos de la Casa Consistorial, 18 euros.

Cine-Teatro, 30 euros.

Castillo Arzobispal, 60 euros.

2)         Quedan exentas las instituciones o asociaciones locales sin fines de lucro. No obstante, éstas deberán responsabilizarse de los desperfectos que se produzcan.

3)         Los precios a los que se refiere esta tarifa no incluyen los gastos variables específicos de cada acto, como son la limpieza, seguros, luz, agua, etc.; ni tampoco otros posibles servicios que se pudieran solicitar, como montajes especiales, mobiliario, megafonía, decoración, acometidas de agua, usos de espacios exteriores, etc., que se facturarían aparte. Serán abonados por el usuario los gastos originados por verificaciones y control de instalaciones eléctricas.

Artículo 4°.- Obligación de pago. La obligación de pagar los precios públicos regulados en esta Ordenanza nace en general desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, debiéndose hacer efectivo de acuerdo con las siguientes normas de gestión.

 Artículo 5°.- Normas de gestión.

Los precios públicos contemplados en esta Ordenanza se satisfarán con carácter previo a la realización de la actividad.

Disposición final.

La presente Ordenanza surtirá efectos desde 1 de enero de 2002 y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.

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MODIFICACIÓN PUBLICADA BOPTE 30/12/2019

 PRECIO PUBLICO POR CELEBRACION DE ACTOS EN EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL MUNICIPIO:

 

Por la utilización para un acto puntual y extraordinario de interés particular, por día:

- Salón de Actos de la Casa Consistorial 50,00 Eur.

- Salón de Actos de la Casa de Cultura 50,00 Eur.

- Castillo Arzobispal 125,00 Eur.

- Cine-Teatro Municipal 90,00 Eur.

- Local polivalente (Empadronados en Albalate) 500,00 Eur.

- Local polivalente (No empadronados en Albalate) 800,00 Eur.

- Local-comedor Santuario de la Virgen de Arcos

(Empadronados en Albalate) 80,00 Eur.

- Local-comedor Santuario de la Virgen de Arcos

(No empadronados en Albalate) 120,00 Eur.

- Local Refugio de Cazadores en la Zarza 45,00 Eur.

- Local antiguo edificio ?La Casilla? 10,00 Eur.

- Fianza provisional por la utilización del Local del Santuario y el polivalente 100,00 Eur.

- Fianza provisional por la utilización del Refugio de Cazadores,

Cine-Teatro Municipo, ?La Casilla? o Castillo Arzobispal. 50,00 Eur.

- Utilización equipo de sonido del Ayuntamiento, por día 50,00 Eur.

- Utilización de sillas para eventos, por unidad y día 1,00 Eur.

 

 SUPLEMENTOS LOCAL POLIVALENTE:

- Por LIMPIEZA LOCAL: En el caso que el interesado no se haga cargo de la limpieza de las instalaciones por la utilización a realizar deberá de pagar un suplemento de 200,00 euros.

- Para poder conectar grupos de ventilación, refrigeración, sonido o similares tendrán que aprovisionarse de un grupo electrógeno por su cuenta.