ORDENANZA REGULADORA DEL PABELLON POLIDEPORTIVO MUNICIPAL.

 

El Ayuntamiento de Albalate al objeto de contar con una normativa mínima que regule la utilización del Pabellón Polideportivo, para conseguir un máximo rendimiento de las instalaciones, para fomentar el Deporte y con el deseo de que su utilización sea prioritaria para los vecinos de Albalate del Arzobispo, aprueba el siguiente reglamento:

A.- Horario.

La utilización del Pabellón Polideportivo se realizará todo el año, diferenciando la temporada deportiva y la temporada de verano, con los siguientes horarios de apertura al público: (se expondrán al principio de la temporada). Estos horarios podrán sufrir alguna modificación en función de las competiciones y cuando este Ayuntamiento lo estime oportuno.

B.- Normas de solicitud, concesión y uso.

1. Todos los usuarios y espectadores del Polideportivo, deberán cumplir estrictamente estas normas de funcionamiento.

2. La temporada deportiva se entiende desde el mes de septiembre a finales de junio del año siguiente.

3. Podrán solicitar la utilización del Polideportivo los Clubs, Equipos, Agrupaciones, Asociaciones Deportivas y más personas interesadas en su uso.

4. Las solicitudes para la utilización del Polideportivo se presentarán mediante escrito dirigido al Ayuntamiento, haciendo constar la práctica deportiva a realizar, las horas de entrenamiento, preferencia de días, calendario de partidos y competición en la que participan. El plazo de presentación de solicitudes será con suficiente antelación como para realizar la programación correspondiente. Las solicitudes puntuales para tiempo libre se realizarán al conserje, según la normativa específica que estará expuesta al público en el tablón de anuncios.

5. El Ayuntamiento a la vista de las solicitudes presentadas, adjudicará los horarios de utilización del Polideportivo en la mayor brevedad posible. El acuerdo de adjudicación de horarios se comunicará a los solicitantes con quienes se mantendrá una reunión a fin de concretar de manera definitiva lo acordado y solucionar los puntos conflictivos, a la vista de lo cual el ayuntamiento aprobará el Plan de Usos del Polideportivo. Estos acuerdos se plasmarán en un cuadrante semanal de utilización del Polideportivo que estará expuesto al público.

6. La adjudicación del uso de las instalaciones tendrá las siguientes prioridades:

- Competiciones S.C.D. BAJO MARTIN.

- Competiciones Juegos Escolares.

- Competiciones Federadas Locales.

- Entrenamientos (mismo orden de prioridades).

- Competiciones No Federadas Locales.

- Competiciones No Locales.

- Tiempo Libre.

7. Las posibles horas libres podrán ser reservadas por otras entidades mediante el pago de la tarifa correspondiente.

8. Se colocará en lugar visible una copia del Plan de uso semanal y el programa de competiciones previsto para el fin de semana.

9. La entidad usuaria del Polideportivo estará obligada al pago de la totalidad de las horas de concesión, con independencia de su utilización.

10. Aquella entidad decida renunciar a su concesión, deberá comunicarlo al Ayuntamiento con tiempo suficiente, no pudiendo ceder a otra entidad su derecho de uso.

11. Los Clubs o equipos con concesión de uso continuado que no se comporten correctamente y no abonen las cuotas correspondientes, no podrán hacer uso de las instalaciones.

12. Para la práctica del deporte se exigirá ropa deportiva y zapatillas con suela de goma, no permitiéndose tacos aunque sean del material citado.

13. Queda totalmente prohibido fumar, comer y consumir bebidas dentro de las instalaciones deportivas.

14. Las tasas de las instalaciones municipales se establecen con carácter obligatorio, entrando en vigor al comienzo de la temporada (septiembre).

15. Los equipos que entrenen en el Polideportivo deberán respetar los horarios que les hayan sido asignados, no pudiendo entrenar en horarios libres sin el consentimiento del Ayuntamiento. 16. El solicitante asume la responsabilidad del buen uso de las instalaciones durante el tiempo que se utilicen las mismas.

17. Los daños derivados del uso incorrecto de las instalaciones serán reparados por los causantes, pudiendo por consiguiente el Ayuntamiento exigir el pago a los responsables. Sólo en caso de que los daños sean consecuencia de la actividad deportiva normal y se infiera que dichos daños se han producido de modo involuntario no se exigirá el pago mencionado.

18. El Ayuntamiento, por motivos justificados, podrá modificar los horarios establecidos y asignados para cada solicitante comunicándolo con 48 horas de antelación, sin que ello pueda dar lugar a reclamaciones.

19. El incumplimiento de cualquiera de las normas de funcionamiento señaladas, dará lugar primeramente a la expulsión inmediata del infractor, por parte del conserje o cualquier responsable de la instalación, y con posterioridad a las sanciones que el Ayuntamiento estime oportunas.

C.- Funciones del conserje.

1. Control de entradas y salidas de personas del Polideportivo.

2. Control de vestuarios y servicios sanitarios, así como cuidado y control de las puertas de acceso al Polideportivo, y llaves de acceso a las distintas dependencias.

3. Control del buen funcionamiento de todos los servicios del Polideportivo y todos aquellos encomendados por el Ayuntamiento, que sean de su incumbencia, informando de cualquier anomalía a este Ayuntamiento.

4. Hacer cumplir las normas de funcionamiento específicamente detalladas.

5. Control y registro del material deportivo.

DISPOSICION ADICIONAL.- El control y la interpretación del contenido reflejado en el presente Reglamento, corresponde al Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo.