ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y DE TIEMPO LIBRE EN LA COMARCA DEL BAJO MARTIN

 

Artículo 1º. Fundamento legal y objeto.

- Ejercitando la facultad reconocida en el artículo 41 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de marzo de 2004, y conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1, letra b), de la Ley 8/2003, de creación de la Comarca del Bajo Martín, esta Comarca establece el precio público por la realización de actividades deportivas y de tiempo libre.

Artículo 2º. Obligados al pago.

- Están obligados al pago de este precio público quienes se beneficien de cualesquiera de las actividades que se relacionan en el artículo 4º de esta Ordenanza.

Artículo 3º. Hecho imponible.

- Está constituido por la realización de las actividades deportivas que se relacionan en el artículo 4º de esta Ordenanza para las actividades realizadas entre octubre y agosto (curso escolar y actividades de verano).

Artículo 4º. Cuantía del precio público.

ACTIVIDADES PARA NIÑOS/AS: Los niños/as deberán tener o cumplir la edad estipulada dentro del año natural en el que inicie el curso escolar al que se inscriben.

*ACTIVIDADES ANUALES:

PSICOMOTRICIDAD. De 3 a 5 años de edad (equivalente a 1º, 2º y 3º de infantil). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 133 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 120 euros/año y usuario

-Dos pagos: uno de 80 euros al inicio de la actividad y otro de 53 euros en el mes de enero.

POLIDEPORTE. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 133 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 120 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 80 euros al inicio de la actividad y otro de 53 euros en el mes de enero.

BAILES INFANTIL. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). 2 sesión a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 133 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 120 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 80 euros al inicio de la actividad y otro de 53 euros en el mes de enero.

FUTBOL SALA. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). 2 sesiones a la semana de 1h duración más competición en los JJEE de Aragón.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

BALONCESTO. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). 2 sesiones a la semana de 1h de duración. 2 sesiones a la semana de 1h duración más competición en los JJEE de Aragón.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

PATINAJE ARTÍSTICO. De 5 a 15 años de edad (equivalente de 3º de infantil hasta 4º de la ESO). 1 sesión a la semana de 2 h. de duración, o en su defecto 2 sesiones de 1 hora de duración.

Se establece una cuota anual de 133 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 120 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 80 euros al inicio de la actividad y otro de 53 euros en el mes de enero.

ATLETISMO. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). Dos sesiones a la semana de 1h duración más la participación en los las pruebas del circuito intercomarcal organizado por las comarcas.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

DEPORTES RAQUETA INFANTIL. A partir de los 7 años de edad. 1 sesión a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 175 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 158 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 105 euros al inicio de la actividad y otro de 70 euros en el mes de enero.

PARTICIPACION JJEE usuarios de la EDM de Híjar y asimilados

Cuota importe participación JJEE para alumnos de E.D.M de Híjar: 55 euros.

Cuota importe participación JJEE para alumnos de algún equipo con entrenador propio (no contratado por la comarca del Bajo Martín): 55 euros.

ACTIVIDADES NUEVAS CON MONITOR PROPIO. De 3 a 15 años de edad (equivalente de 1º de infantil hasta 4º de la ESO). 1 sesión a la semana de 2 h. de duración, o en su defecto 2 sesiones de 1 hora de duración.

Se establece una cuota anual de 133 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 120 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 80 euros al inicio de la actividad y otro de 53 euros en el mes de enero.

ACTIVIDADES NUEVAS CON MONITOR EXTERNO. De 3 a 15 años de edad (equivalente de 1º de infantil hasta 4º de la ESO). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 175 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 158 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 105 euros al inicio de la actividad y otro de 70 euros en el mes de enero.

ACTIVIDADES NUEVAS JUEGOS ESCOLARES. ** Todas las actividades nuevas de JJEE en los que haya algún tipo de competición, tendrán el precio estipulado para fútbol sala y baloncesto, exceptuando aquellas en las que el monitor sea externo**

*ACTIVIDADES DE VERANO:

ESCUELA DEPORTIVA DE VERANO. De 6 a 15 años de edad (equivalente de 1º de primaria hasta 4º de la ESO). Duración 2 semanas mes de julio, 5 sesiones a la semana de 3 h de duración.

Se establece una cuota fija de 40 euros/ curso usuario.

*** En los municipios de menor población se podrá hacer una excepción e incluir a los niños de infantil en esta actividad ***

NATACIÓN (*municipios con piscina sin SOS). De 3 a 15 años de edad (equivalente de 1º de infantil hasta 4º de la ESO). Duración 2 semanas mes de julio. 5 sesiones a la semana de 45min de duración.

Se establece una cuota fija de 30 euros/ curso usuario.

Duración 4 semanas mes de julio. 5 sesiones a la semana de 45 min de duración.

Se establece una cuota fija de 50 euros/curso usuario.

*COLONIAS URBANAS. De 3 a 5 y de 6 a 12 años de edad. Duración 15 días. (2 semanas)

Se establece una cuota fija de 40 ? por niño los quince días de actividad.

ACTIVIDADES RAQUETA NIÑOS VERANO. A partir de los 8 años de edad hasta los 15 (equivalente a 3º de primaria hasta 4º de la ESO). 2 sesiones a la semana de 1h de duración. Curso de 1 mes

Se establece una cuota fija de 40 euros/ usuario todo el curso.

ACTIVIDADES PARA ADULTOS:

* ACTIVIDADES ANUALES: Estas actividades irán destinadas para usuarios a partir de 16 años y/o para menores con autorización dependiendo el tipo de actividad.

GIMNASIA DE MANTENIMIENTO. A partir de 18 años de edad. 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

AEROBIC/ACTIVIDADES CON SOPORTE MUSICAL. A partir de 16 años de edad (menores con autorización). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

PILATES. A partir de 16 años de edad. (menores con autorización) 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

GIMNASIA TERCERA EDAD GERONTOGIMNASIA. A partir de 60 años de edad. 2 sesiones a la semana de 60 min.

Se establece una cuota anual de 70 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 63 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 42 euros al inicio de la actividad y otro de 28 euros en el mes de enero.

GAP/ENTRENAMIENTO FUNCIONAL. A partir de 16 años de edad. (menores con autorización) 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

ACTIVIDADES NUEVAS CON MONITOR PROPIO: A partir de 16 años de edad. (menores con autorización) 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

ACTIVIDADES NUEVAS CON MONITOR EXTERNO: A partir de 16 años (menores con autorización). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 175 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 158 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 105 euros al inicio de la actividad y otro de 70 euros en el mes de enero.

BAILES DE SALÓN. A partir de 16 años de edad (menores con autorización). 1 sesión a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

YOGA. A partir de 16 años de edad (menores con autorización). 2 sesiones a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 140 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 126 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 84 euros al inicio de la actividad y otro de 56 euros en el mes de enero.

DEPORTES DE RAQUETA. A partir de los 16 años de edad. 1 sesión a la semana de 1h de duración.

Se establece una cuota anual de 175 euros/año y usuario, no obstante, lo previsto para el caso de que se opte por el sistema de pago único.

-Pago único: 158 euros/año y usuario.

-Dos pagos: uno de 105 euros al inicio de la actividad y otro de 70 euros en el mes de enero.

LIGA COMARCAL. A partir de los 15 años de edad. Menores con autorización

Se establece una cuota única anual de 150 euros/año y equipo.

*ACTIVIDADES DE VERANO:

NATACIÓN (*municipios con piscina sin SOS). A partir de los 16 años de edad. Duración 2 semanas mes de julio. 5 sesiones a la semana 45min. de duración.

Se establece una cuota fija de 44 euros/ usuario todo el curso

Duración 4 semanas mes de julio. 5 sesiones a la semana de 45 min de duración.

Se establece una cuota fija de 70 euros/curso usuario.

DEPORTES RAQUETA VERANO. A partir de los 16 años de edad. 2 sesiones a la semana de 1h de duración. Curso de 1 mes

Se establece una cuota fija de 40 euros/ usuario todo el curso.

ACUAGYM. (Gimnasia Acuática) A partir de 16 años de edad. Duración 8 sesiones de 1h duración en el mes de julio.

Se establece una cuota fija de 25 euros/ usuario todo el curso.

Artículo 5º. Grupos mínimos

1. Con carácter general se establece para todas las actividades un grupo mínimo de 5 personas (para la actividad de tenis, 4 personas). No obstante, la Comarca valorará para casos concretos la modificación a la baja del número mínimo de participantes exigido por grupo, así como del número y tiempo de duración de las sesiones sin variación de cuota de manera que ante un número de inscripciones inferior al mínimo exigido por grupo y con el abono del mismo precio se mantengan los ratios de eficiencia en el servicio y pueda realizarse la actividad.

2. Incorporación a los grupos establecidos. Existirá la posibilidad de apuntarse al 2º cuatrimestre comprendiendo los meses de febrero a final de curso, el periodo de inscripción será el mes de enero. Los nuevos participantes abonarán la cuota proporcional del precio público establecido correspondiente a los cuatros meses restantes de actividad. No se contempla la posibilidad de inscripción por meses sueltos.

3. Para la celebración de los partidos de los JJEE y las carreras del Circuito Comarcal de Atletismo, la Comarca del Bajo Martín facilitará el modelo de equipación y los sitios donde se pueda comprar esa equipación. Cada participante será el responsable de comprar su equipación que pasará a ser posesión propia sin tener que devolver esa equipación a la comarca en ningún momento.

Artículo 6º.-Forma de pago.

1. Los participantes se inscriben para el curso entero, siendo la modalidad de pago bien mediante pago único o en dos pagos.

2. El pago del precio público se realizará mediante transferencia bancaria o tarjeta de crédito a través de la página web de la comarca. La obligación de pagar el precio público nace desde el momento en que se inicie la actividad, si bien, se exige acreditar en el momento de la inscripción el depósito previo de su importe total o parcial según se opte por el sistema de pago único o por el sistema de pago en dos plazos de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior lo que deberá señalarse en la ficha de inscripción. En los casos de pago en dos plazos el segundo plazo se realizará mediante domiciliación a partir de enero en el número de cuenta indicado en la hoja de inscripción.

3. En el caso de que no salga grupo para la actividad y municipio solicitado por el usuario en la hoja de inscripción, se devolverá de oficio el importe total del precio público ingresado.

4. Iniciada la actividad, sólo se devolverá el importe total ingresado cuando el usuario tramite la baja dentro del primer mes, previa solicitud por escrito. Transcurrido el primer mes, únicamente se admitirá la devolución de la parte proporcional según asistencia del precio público que corresponda sin derecho a descuento únicamente en los siguientes casos, previa solicitud por escrito: por impedimento físico acreditado. por cambio de domicilio.

5. Las devoluciones se realizarán mediante transferencia bancaria al número de cuenta indicado por el usuario en la hoja de solicitud de devolución, o a través del formulario web.

6. En los casos de baja temporal o definitiva por sanción disciplinaria, se abonará el curso completo sin derecho, en su caso, a devolución.

Artículo 7º.-Situaciones excepcionales.

El Centro de servicios sociales, en aquellas situaciones que se valore adecuada la realización de actividad deportiva para la integración e inserción social de las personas, mediante informe social valorativo de la situación personal y económica, se podrá proponer la exención de cuota o un sistema de pago aplazado, llevando el seguimiento de dicho pago. En el caso de que se realice un sistema de pago aplazado, el precio total a pagar por el usuario será el bonificado, como si se hubiera realizado en un solo pago.

Artículo 8º.- Impago del precio público.

1. El impago del precio público o, en su caso, de la cuota, dará lugar a la pérdida de la condición de usuario del servicio comarcal de deportes. 2. Si un usuario tuviera deudas pendientes de ingreso no podrá participar en ninguna de las actividades organizadas por el servicio comarcal de deportes en tanto las mismas no sean satisfechas. 3. Las deudas por impago de los precios públicos regulados en esta ordenanza podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.

Artículo 9º. Infracciones y sanciones.

- En todo lo relativo a la calificación de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El presente acuerdo deroga la "Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de la Comarca del Bajo Martín en materia de deportes" publicada en el BOPT el día 15 de enero de 2009 y sus posteriores modificaciones.

Disposición final.

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la aprobación definitiva y de su texto íntegro en el BOPT