REGLAMENTO DE BECAS DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR

 

 

DEFINICIÓN

La beca de libros y material escolar es una ayuda económica individualizada que consiste en el pago de una cantidad económica para la adquisición de libros de texto y material escolar de alumnos/as de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, que cursen estudios en centros públicos de la Comarca de la Hoya de Huesca / Plana de Uesca, exceptuando el Municipio de Huesca.

 

CUANTIA DE LAS BECAS

La cuantía de la beca de libros y material escolar será fijada anualmente en presupuesto la cuantía global y para el curso escolar de que se trate por el Presidente de la Comarca, tras el estudio y propuesta de la comisión comarcal de Servicios Sociales. Para el curso 2005-6 la cuantía de la beca se establece entre el 50% y el 100% del coste total de los libros o material escolar. En su caso, el padre/madre o tutor deberá abonar la cuantía de la factura que le corresponde del total de los libros y tras su presentación se abonará en la cuenta corriente.

 

REQUISITOS PARA OBTENCIÓN DE LA BECA DE MATERIAL ESCOLAR Y/O LIBROS DE TEXTO Podrán ser beneficiarios de esta beca, los menores que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar empadronado/a en una localidad de la Comarca Hoya de Huesca/ Plana de Uesca, exceptuando el Municipio de Huesca.

- Estar matriculado /a en un centro educativo público para el curso escolar de que se trate.

- No haber obtenido beca o ayuda por este concepto de otros organismos competentes en la materia.

- Que los padres o tutores hayan solicitado esta ayuda durante el periodo y en la forma establecida por la Comarca.

- La renta económica de la unidad convivencial no puede superar los ingresos por número de miembros fijados en el baremo económico aprobado por la Comarca.

- Haber hecho uso correcto de esta beca en el curso anterior al que se solicite, en el supuesto de haber tenido derecho a la beca, constatado fehacientemente.

- Los baremos establecidos en el anexo II de este Reglamento primarán las familias monoparentales, así como las familias numerosas y a aquellas con hijo/as con discapacidad.

 

PERIODO DE SOLICITUD

Las solicitudes se presentarán en la Comarca Hoya de Huesca/ Plana de Uesca durante todo el mes de junio. Para ello se dará suficiente información en las instituciones que trabajan con familias en situación desfavorecidas, centros educativos y Ayuntamientos.

Excepcionalmente podrán solicitarse becas de comedor escolar fuera de plazo en los siguientes casos:

- Escolarización del menor una vez comenzado el curso escolar, siempre que no haya sido por negligencia del padre/madre o tutor.

- Imposibilidad del padre / madre o tutor de solicitar la beca de comedor en el plazo fijado por los Servicios Sociales debido a enfermedad debidamente justificada (ingreso hospitalario, intervención quirúrgica)

- Modificación de las circunstancias económicas de la unidad convivencial debidamente justificadas.

 

PROCEDIMIENTO.

Las personas que deseen solicitar esta beca deberán cumplimentar y aportar la documentación del ANEXO II Una vez presentada en el Registro General de Entrada de la Comarca la documentación y la solicitud se procederá a su anotación en los Servicios Sociales Comarcales de la Comarca Hoya de Huesca/Plana de Uesca, y la Comisión de Valoración de la Comarca de la Hoya de Huesca/Plana de Uesca hará una propuesta que, una vez aprobada por la Comisión de Acción Social, será notificada a los solicitantes.

 

CONCESIÓN Y DENEGACIÓN DE LAS BECAS.

Las becas de material escolar podrán denegarse por los siguientes motivos:

- No cumplir los requisitos fijados en el presente reglamento, y más concretamente,

- No haber solicitado la beca en el plazo fijado por la Comarca.

- No completar la documentación en el plazo exigido.

- Sobrepasar el baremo económico fijado por la Comarca.

- Comprobarse falsedad documental.

- Obtener ayuda por este mismo concepto en otros organismos competentes en la materia.

- Haber hecho mal uso continuado de la beca de material escolar en el anterior curso escolar en el supuesto de haber sido beneficiario, constatado fehacientemente.

La concesión o denegación de una beca de material escolar se comunicará por escrito al interesado/a debidamente motivada, realizándose por Resolución de la Presidencia de la Comarca. Para poder hacer efectiva la beca, el interesado/a deberá presentar en el comercio correspondiente el documento de concesión de la beca. Posteriormente el comercio enviará la factura correspondiente, indicando datos bancarios, a los Servicios Sociales Comarcales de la Comarca de la Hoya de Huesca /Plana de Uesca para su correspondiente tramitación. Los listados se cotejarán con el Departamento de Educación para evitar duplicidades. Esta coordinación se extenderá a que los Servicios Sociales Comarcales solo subvencionarán aquellos cursos que no entren dentro del programa de gratuidad de libros.

 

CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

Para la concesión de las becas de libros y material escolar, la Comarca establecerá la correspondiente partida presupuestaria en los Presupuestos Generales anuales.

 

ANEXO I SOLICITUD DE BECAS ESCOLARES

 

Expdte: ________________ D./ DÑA_________________________, DNI ___________ DOMICILIO _____________________________________ CP __________________ TFNO _____________________ SOLICITA: NOMBRE Y APELLIDOS CURSO COMEDOR LIBROS COLEGIO

Para ello aporto la documentación requerida por los Servicios Sociales Comarcales de la Comarca Hoya de Huesca/Plana de Uesca respecto a la situación de necesidad que motiva esta petición, declarando que todos ellos y la documentación que se acompaña son ciertos, y sabiendo que la falsificación de los mismos dará lugar a la denegación automática de la beca o becas solicitadas.

 

En ______________ a ____ de ____________________ de __________

Fdº. : ______________________

SR/A PRESIDENTE DE LA COMISIÓN COMARCAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE LA COMARCA HOYA DE HUESCA/PLANA DE UESCA

 

ANEXO II DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

 

- Solicitud, debidamente cumplimentada y firmada pro el solicitante.

- Justificante de ingresos anuales. Fotocopia de las cuatro últimas de nóminas

Justificante de las prestaciones del INEM del año en curso.

Justificante de las prestaciones sociales (prestación familiar por hijo a cargo del INSS, ayuda de integración familiar,...

Justificante de pensión o pensiones.

Fotocopia de todas las hojas de la última Declaración de la Renta.

En caso de no presentar Declaración de la Renta, aportar Certificado Negativo emitido por la Delegación de Hacienda.

- Justificante del alquiler o amortización de la vivienda (fotocopia del último recibo pagado)

- Fotocopia de la tarjeta de desempleo del INEM.

- Fotocopia del Libro de Familia.

- Fotocopia de la cartilla de familia numerosa.

- Fotocopia del DNI / NIE de los mayores de 16 años.

- Fotocopia del certificado de minusvalía de los menores de 18 años.

- Cualquier otro documento que se considere necesario para justificar la situación de necesidad que motiva esta petición.

 

ANEXO III BAREMO UNIDAD CONVIVENCIAL

 

TOPE INGRESOS AÑO

2 PERSONAS 8.076 ?

3 PERSONAS 9.692 ?

4 PERSONAS 11.308 ?

5 PERSONAS 12.923 ?

6 PERSONAS 13.569 ?

7 PERSONAS 14.215 ?

8 PERSONAS 14.861 ?

9 PERSONAS 15.507 ?

10 PERSONAS 16.153 ?

 

INGRESOS

Para el cálculo de los ingresos de la unidad convivencial se tendrán en cuenta los ingresos procedentes de los padres y hermanos del menor para el que se solicita beca. En este último caso se tendrán en cuenta el 50%.

 

DEDUCCIONES

- por alquiler /amortización de primera vivienda hasta 2.400 euros/ año.

- Por hijos/ as con grado de minusvalía reconocida igual o superior al 33% 1080 euros /año

 

CÁLCULO

El cálculo tope de ingresos para la aplicación del baremo será el resultante de sumar los ingresos económicos anuales menos el importe de las deducciones. Al objeto de beneficiar a las familias monoparentales, el tramo a aplicar en estos casos será el siguiente al número de miembros que le correspondan.