ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE "ESCUELA MUNICIPAL INFANTIL DE PRIMER CICLO"

 

Artículo 1º.-

 

En uso de las atribuciones concedidas por el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo establece la exacción de la tasa por la prestación del servicio de Escuela municipal infantil de primer ciclo, que se regulará conforme a los preceptos de la indicada Ley y la presente Ordenanza.

 

Artículo 2º.-

 

La tasa se devengará en el momento de ser admitido el alumno y recibir éste el servicio social y la educación preescolar en la Escuela Municipal Infantil de Primer Ciclo, de acuerdo con los requisitos establecidos en su Reglamento de funcionamiento y régimen interno.

 

Artículo 3º.-

 

Están obligados al pago en concepto de contribuyentes los padres, tutores o representantes legales de los niños que reciben el servicio y utilizan las instalaciones de la Escuela Municipal Infantil de Primer Ciclo.

 

Artículo 4º.-

 

CUOTAS ó TARIFAS: -(*) MODIFICACIÓN PUBLICADA BOPTE 30/12/2019

 

- Jornada completa: 140,00 Eur./mes.

- Media jornada: 100,00 Eur./mes.

- En los meses de julio y septiembre, solo se abre una quincena a media jornada 50,00 Eur./mes.

 

Artículo 5º.-

 

La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el "Boletín Oficial" de la provincia y continuará vigente hasta que el Ayuntamiento acuerde su modificación o derogación.